1. Distribución de responsabilidades de transporte
Punto de transferencia de riesgo
- Al adoptar el término "CIF": El riesgo de pérdida del producto se transfiere al comprador una vez que la mercancía es entregada al transportista.
- Al adoptar el término "FOB": El riesgo de los productos se transfiere después de que la mercancía cruza la borda en el puerto de embarque (aplicable a pedidos por vía marítima).
Base legal: "Reglas Incoterms 2020".
Criterios para seleccionar al transportista
- Región de la UE: Solo se utilizarán proveedores de servicios logísticos con certificación AEO (Operador Económico Autorizado).
- Región de América: Se dará prioridad a los canales e-commerce express registrados en las aduanas locales.
- Región Asia-Pacífico: Se utilizarán sistemas logísticos interconectados con datos de aduanas de los países miembros del RCEP.
2. Requisitos de cumplimiento aduanero
Obligaciones de preparación de documentos
- Proveedor: Factura comercial (incluyendo códigos HS), certificado de origen (para productos bajo acuerdos de libre comercio).
- Comprador: Proveer números fiscales adicionales según lo requiera la aduana (como el número EORI de la UE) y copias de identificación personal.
Lista de restricciones de productos
- Transporte estrictamente prohibido de productos químicos restringidos por el reglamento REACH de la UE.
- No se transportarán productos incluidos en los apéndices del CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres).
- Rechazo al envío de productos prohibidos por ley en el país de destino (como semillas restringidas por la Ley de Sanidad Vegetal de México).
Servicio de prepago de aranceles
- Opción DDP (Entrega con derechos pagados): El precio del producto incluye aranceles estimados (reales según determinación aduanera).
- Al elegir DDU (Entrega con derechos no pagados): El comprador debe completar el despacho aduanero y pagar los costos asociados.
3. Manejo de anomalías logísticas
Mecanismo de compensación por retraso
- Retrasos causados por negligencia del transportista: Compensación limitada según el Artículo 22 del Convenio de Montreal (máximo 19 DEG/kg).
- Retrasos por fuerza mayor (guerra, huelga, desastres naturales): Ofrecemos reenvío gratuito o reembolso completo.
Proceso de reclamación por daños
- Presentar evidencia fotográfica y constancia de apertura con sello logístico dentro de las 48 horas posteriores a la recepción.
- Si una institución de inspección de terceros determina que el daño ocurrió durante el transporte, se compensará el valor real del producto (máximo triple del costo del flete).
Logística inversa para devoluciones
- Región de la UE: Proveer etiquetas de devolución prepagadas según la Directiva de Derechos del Consumidor (no aplicable a productos personalizados).
- Región de América Latina: Las devoluciones deben pasar inspección de calidad en almacenes certificados antes de iniciar el proceso de reembolso.
4. Declaración de conformidad ambiental
- Materiales de embalaje cumplen con los estándares reciclables de la Directiva 94/62/EC de la UE sobre envases y residuos de envases.
- Documentos de transporte emitidos de forma electrónica para reducir el uso de papel.
- Preferencia por canales de transporte aéreo con certificación IATA CEIV para baterías de litio.
5. Cláusulas de resolución de disputas
- Disputas logísticas se gestionan prioritariamente mediante las reglas de mediación de la Cámara de Comercio Internacional (ICC).
- Para disputas que involucren a consumidores de la UE, se acepta la jurisdicción de la plataforma de resolución de disputas en línea de la UE (ODR).
- Los litigios serán dirimidos en el tribunal competente en asuntos marítimos de la sede del transportista.